La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE) publicó en la Gaceta Oficial N° 40.547 una providencia administrativa (número 057-2014) que regula la fijación y marcaje del Precio de Venta Justo (PVJusto) en los bienes y servicios comercializados en el país. En la norma se establece un plazo de 30 días continuos a los productores y 45 días continuos a los importadores a partir de la publicación en Gaceta Oficial, para el marcaje del PVJusto de los productos, bienes y servicios.
La norma señala que el marcaje del PVJusto deber incorporar las siglas PVJusto, el monto del Precio de Venta Justo, las siglas IVA en los casos de bienes o servicios gravados con el Impuesto al Valor Agregado, el monto a pagar, el cual será resultado de la suma del IVA y el PVJusto y la fecha del marcaje del mismo en formato mes y año en número (mm/aa).
En referencia al tipo de marcaje, éste debe ser impreso en el cuerpo del bien, con etiqueta autoadhesiva y en caso de imposibilidad de las anteriores, debe ser señalado a través de listas, anuncios, habladores y similares que permitan la fácil identificación del precio con el producto.
La providencia administrativa establece que en ningún caso se podrá marcar más de un precio en un mismo bien o servicio, removerse las etiquetas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente, ni fijar en listas montos superiores a los marcados. En el caso de encontrarse un producto con más de un precio, es de obligatoriedad venderlo al menor valor. De detectarse enmiendas o tachaduras con precios de venta justos superiores a los marcados, los sujetos de aplicación serán objeto de sanciones.
Para descargar la Gaceta Oficial 40547 donde se establecen o regulan las condiciones sobre el marcaje de Precio Justo, debe ir a la página: www.tsj.gov.ve
FUENTE: GRUPOSOLUCIONES –Tel (0212)9592180 fax (0212) 9612517